lunes, 18 noviembre, 2024
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Cristina Kirchner sigue intentando usar el dictamen de Barra para que se anule su condena en Vialidad

En la etapa de revisión de la condena por corrupción en el caso Vialidad, la defensa de Cristina Kirchner busca incorpora el «dictamen» que firmó Rodolfo Barra -actual Procurador del Tesoro de Javier Milei-, que exculpa a la exvice de las maniobras con la obra pública que durante los tres gobiernos K beneficiaron a Lázaro Báez.

En medio de las denuncias y pedidos de que Barra sea removido del cargo ante un posible conflicto de intereses, el abogado Carlos Beraldi pidió que se tenga en cuenta lo dicho por el jurista, que avala la tesis de que la ex vice no tiene ninguna responsabilidad en los delitos atribuidos en el direccionamiento de la obra pública vial a favor de Lázaro Báez y las irregularidades cometidas alrededor de dichos procesos. La palabra final la tendrán los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

Después de que el abogado de Cristina Kirchner pidiera que se anule la condena en el caso Vialidad utilizando un dictamen escrito por Rodolfo Barra, los dirigentes del ARI-CC Mariana Zuvic y Maximiliano Ferraro presentaron ante la Oficina Anticorrupción una denuncia por posible conflicto de intereses y pidieron la remoción del jefe de los abogados del Estado.

Según informaron a Clarín, la OA ya se encuentra analizando esa denuncia y en breve emitirá un dictamen al respecto.

¿Nueva prueba luego del juicio?

La discusión sobre la utilización del dictamen del actual Procurador de Tesoro tiene su capítulo en el marco de las audiencias iniciadas por la Casación, responsable de revisar la condena que recibió Cristina Kirchner.

“(Rodolfo) Barra no es testigo, porque no participó de los hechos y no conoce nada de los hechos, tampoco es perito, entonces ¿en carácter de qué se lo incorporaría? Además en esta etapa no se puede incorporar prueba y tampoco es un medio de prueba”, dijo el fiscal general ante la máximo tribunal penal, Mario Villar.

La respuesta fue ante el pedido de Beraldi de incorporar el dictamen que llevó a la audiencia de la semana pasada ante los camaristas Gustavo Hornos,Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky.

En este caso se analizaron las 51 licitaciones viales que entre 2003 y 2015 recibió Lázaro Báez, convirtiéndose en el adjudicatario del 86% de los contratos que el gobierno nacional volcó en suelo santacruceño. Los mecanismos se reiteraron durante los doce años: direccionamiento de las licitaciones, pagos anticipados indebidos, modificación de los plazos de obra incrementando los costos, sumado a un circuito de pagos exclusivos y una permanente omisión de los organismos de control.

Para Cristina, los fundamentos de la condena a seis años de prisión con inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, son “absolutamente arbitrarios y desprovistos del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico”.

Esta tesis fue apoyada y argumentada por su abogado Beraldi, quien se basó en un «Dictamen Experto Legal» que solicitó a Rodolfo Barra sobre «las responsabilidades de la Presidencia de la Nación en materia de control o supervisión en los procesos licitatorios de obras públicas de la Dirección Nacional de Vialidad, así como también sobre la legalidad del decreto 54/2009».

Según la acusación durante el juicio oral, esta normativa -que incorporó a la Dirección Nacional de Vialidad como beneficiaria del fideicomiso creado por el Decreto 976/2001- fue dictada por Cristina Kirchner “pese a la opinión contraria de los servicios jurídicos y con el propósito de que se asignaran fondos a las empresas de Lázaro Báez”.

La fiscalía a cargo de Diego Luciani expuso en su alegato que de allí se destinaron fondos bajo un sistema irregular para financiar obras que el Grupo Austral no concluyó, sumando a la maniobra defraudatoria que ocasionó un perjuicio al Estado, según la sentencia condenatoria, de 80.000 millones de pesos.

Sobre estos hechos, la defensa de la ex vicepresidenta apoya su reclamo de inocencia en que Barra atribuye al Jefe de Gabinete «la competencia constitucional para ejercer la administración general del país y ejecutar el presupuesto nacional,» recuerda que la Dirección Nacional de Vialidad «es autónoma y sujeta a controles del Ministerio de Economía, pero no recibe instrucciones directas del Presidente», y concluye que «no hay responsabilidad penal objetiva del Presidente por el decreto ni por posibles delitos relacionados con contratos u obras», ya que «el Congreso y la Auditoría General de la Nación aprobaron cuentas relacionadas con la gestión, respaldando la legalidad».

Por eso, el actual funcionario de Milei cree que “el Presidente no tiene responsabilidad administrativa ni penal en el caso, ya que es ajeno a la administración general, función a cargo del Jefe de Gabinete».

Después de exponer oralmente dicho dictamen, el abogado de Cristina pidió la incorporación del dictamen y que se cite a declaración testimonial al Procurador del Tesoro. Esto fue avalado por otras defensas, como la de José López.

Barra no es «ni testigo ni perito»

Cuando el juez Gustavo Hornos le corrió vista sobre este planteo al representante del Ministerio Público Fiscal, éste se opuso al pedido. “Barra no puede ser testigo porque no participó de los hechos. No conoce nada de los hechos. ¿Perito? Es un dictamen jurídico que puede servir de apoyo a la parte que contrató al doctor Barra, y que ha incorporarlo oralmente como lo hizo, pero pedir prueba sobre este dictamen jurídico -un dictamen que no es una interpretación auténtica de la Constitución-, sino que es la opinión de un jurista contra la opinión de los juristas citados por la fiscalía”, sostuvo Villar.

El fiscal reiteró por escrito su oposición a convocar a Barra como testigo, y consideró “lógico remitirse a la audiencia para evitar redundancias como lo es la reiteración de un pedido que se formuló oralmente en la misma y se dio y se contestó”.

Hay un punto que remarca el representante del Ministerio Público Fiscal y es que en esta etapa de audiencias donde bajo análisis hay una sentencia dictada por un tribunal de juicio, “no se puede incorporar prueba, además no es tampoco un medio de prueba”.

Los integrantes de la Sala IV de la Casación Federal tienen bajo análisis los planteos y podrán responder en las próximas audiencias. La última a celebrarse es el 4 de abril, cuando sea el turno de la defensa de Julio De Vido, uno de los cuatro absueltos en el caso.

Después de esa fecha, comenzará a correr el reloj para los magistrados que deberán pronunciarse sobre el caso: podrán confirmar la sentencia tal cual la dictó el TOF 2, o bien revocarla. También existe la posibilidad de que atiendan los planteos de la fiscalía que solicitó una pena de 12 años de prisión para Cristina Kirchner al considerarla responsable no sólo del delito de administración fraudulenta, sino también del de asociación ilícita en carácter de jefa.

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