Después de la baja de las jubilaciones de privilegio de la ex presidenta Cristina Kirchner y del ex vicepresidente Amado Boudou, condenados en las causas Vialidad y Ciccone, el Gobierno revisa otra docena de casos de beneficiados por la polémica ley 24.018, confirmaron a Clarín voceros oficiales.
La forma en que la ANSES, que dirige Mariano De los Heros, por orden del presidente Javier Milei abrió un debate sobre errores de procedimiento y si se evaluará a todos los casos con la misma vara.
En primer término, el caso que más polémica abrió es el de Carlos Menen.
Luego de adelantar que iniciara otro juicio en al fuero de la Seguridad Social, la ex vicepresidenta el jueves en un largo tuit le respondió al presidente Javier Milei: “»Preguntale a Martín Menem, tu Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, por qué cobra la misma pensión la tía Zulema, viuda de Carlos Menem, que se fue del mundo con causas penales sobre contrabando de armas, sobresueldos de funcionarios y otras yerbas, y hasta condenadas en segunda instancia«.
Consultado por Clarín, el ex presidente de la Cámara de la Seguridad Social, Luis Herrero sostuvo “el caso de Menem no es igual al de Cristina Kirchner. Menem murió y por lo tanto se extinguió la acción penal”.
“Es cierto que la Corte la protegió en su momento al no decidir si confirmaba su condena en la causa por la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia y otros casos”, agregó Herrero, un férreo crítico de las jubilaciones de privilegio.
Sin embargo, Herrero afirmó que “la pensionada (Zulema Yoma) que ejerce un derecho derivado de la jubilación sigue la misma suerte que la extinción de la pena. Entonces, Zulema tiene derecho a la pensión de Menem por el principio de que «Lo accesorio sigue la suerte de lo principal»”.
“Cuando un acusado muere, la acción penal y la pena se extinguen, pero la responsabilidad civil derivada del delito (si la hubiera) puede pasar a sus herederos”, aclaró Herrero.
Otra que le contestó a Cristina fue Zulemita Menem, aliada del gobierno de Milei: “Lamento tener que responderle en este momento que entiendo es doloroso para usted y su familia, pero quisiera aclararle que mi padre, no tenía ninguna sentencia firme» dijo la hija del ex presidente.
Acto seguido, expuso las causas en las que fue «absuelto»: «Cuenta en Suiza, AMIA, Armas y La Rural». Luego hizo referencia a que en la de Río Tercero «no hubo juicio oral» y que en la de «Enriquecimiento ilícito» fue «sobreseído».
En realidad, en la causa de la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 3 le fijó en junio de 2013 una condena a 7 años por el delito de contrabando agravado.
En octubre del 2018, la Cámara Nacional de Casación Penal absolvió a Menem en esta causa en un fallo polémico. La decisión la tomó la sala de ese tribunal de alzada integrada por Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Carlos Mahiques por considerar que no se cumplió el “principio del plazo razonable” para tener una condena firme en una juicio que empezó en 1995 por una investigación de Clarín pero no por el tema de fono. Entonces, el fiscal Raúl Pleé apeló el fallo de Casación a la Corte que no se pronunció hasta ahora. Menem murió el 14 de febrero de 2021.
En cuanto a la causa «Sobresueldos», Zulemita Menem afirmó: «La sentencia no está firme ya que el Tribunal de Casación concedió un Recurso Extraordinario planteado y en consecuencia se encontraban suspendidos los efectos de las sentencias hasta tanto no se expidiera la Corte, razón por la cual en este caso tampoco tenía condena firme». El texto de Zulemita deja ver la redacción de un abogado detrás.
Y, sobre el mismo punto, completó: «De hecho la Corte (pese a que la Cámara Electoral pretendió no autorizarlo a presentarse para Senador por La Rioja en el 2017) revocó la sentencia de la Cámara Electoral y lo autorizó a competir por el cargo el cual ganó, circunstancia que no hubiera sido posible si mi padre tuviera una sentencia condenatoria».
Una alta fuente del gobierno citada en una nota de Clarín de Marina Devita dijo que la pensión que cobra Zulema Yoma de Menem “no se toca”. Es pública la admiración del presidente Javier Milei por Menem.
En la Cámara de Diputados circula un informe con el nombre y los montos de los ex presidentes o vicepresidentes o sus deudos que cobran hasta hoy la jubilación de privilegio y al que accedió Clarín:
1. Alberto Fernández, cobra 4.843.072.
2. Cristina Fernández de Kirchner, 21.827.624.
3. Mauricio Macri, 11.046.678.
4. Gabriela Michetti, 8.332.683.
5. Julio Cobos (sin datos).
6. Amado Boudou, 8.153.816.
7. Alberto Rodríguez Saá, 10.633.159.
8. María Estela Martínez de Perón, 6.958.513.
9. Daniel Scioli, aproximadamente 5 millones.
10. Zulema Yoma: la viuda del expresidente Carlos Menem: 4.240.974.
11. Inés Pertiné: la viuda del expresidente Fernando De La Rúa. 8.083.064
12. Betty Nelly Andrés: la viuda del expresidente Roberto Levingston, sin datos.
13. Amalia Carmen Guido: la hija del expresidente José María Guido, sin datos.
El informe elaborado por el abogado experto en temas previsionales Federico Despoulis Neri para diputados de la UCR y otros bloques.
Caso De la Rúa
En primer término recuerda De la Rúa, entre el 2002 y el 2004, había percibido la jubilación ordinaria y luego reclamo la pensión honorífica.
El expresidente, quien ejerció entre diciembre de 1999 y el mismo mes de 2001, cuando renunció al cargo, había decidido jubilarse en septiembre de 2002 (tenía 65 años) y aclaró que no resignaba lo que la entonces suspendida ley 24.018.
En el juicio que se abrió, la entonces procuradora ante la Corte Suprema de Justicia Irma Adriana García Netto dictaminó que correspondía revocar la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había ordenado al Estado Nacional abonar a De la Rúa la asignación vitalicia de privilegio por haber sido presidente de la Nación.
Sin embargo, en 2019, la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso presentado por el Estado contra la sentencia que reconoció al fallecido expresidente De la Rúa a cobrar una jubilación por haber desempeñado ese cargo.
De la Rúa, quien falleció el 9 de julio último a los 81 años, había pedido cobrar ese beneficio en 2004, luego de haber obtenido la jubilación «ordinaria». El derecho al cobro retroactivo de la «asignación mensual vitalicia» forma parte de su acervo hereditario, indicó la Corte.
La norma, restablecida durante la gestión presidencial de Eduardo Duhalde, prevé que la jubilación especial para los presidentes «será la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
La ley 24.018 que establece el régimen de privilegio dice que «si se produjera el fallecimiento, el derecho acordado o a acordarse al titular se extenderá a la viuda o viudo, en concurrencia con los hijos e hijas solteros hasta los 18 años de edad».
Firmaron por la desestimación del recurso de la ANSES, el entonces presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz y los ministros Juan Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que la vicepresidente Elena Highton lo hizo en disidencia
Caso Isabel Perón
Tras el golpe de Estado 1976, Isabel Perón pasó a un arresto domiciliario en la residencia presidencial El Messidor, en Villa La Angostura, donde estuvo confinada 7 meses. Posteriormente fue trasladada a la base Azul de la Armada. Y fue puesta en libertad condicional por la Justicia en julio de 1981 y decidió regresar a Madrid.
Isabelita hoy con 93 años, percibe desde la muerte de su marido, Juan Domingo Perón, una pensión por el Instituto de Ayuda Financiera (IAF) del Ejército y una jubilación vitalicia.
“El doble beneficio que cobra Isabel es producto de la función militar de Perón que se asigna previamente y posteriormente el de Vicepresidente. En este caso el derecho se adquirió sin nada más que agregar ya que uno implica la renuncia del otro”, afirma Despoulis.
En cambio, a fines 2001 Eduardo Camaño y Eduardo Duhalde renunciaron a sus pensiones honoríficas. Camaño fue presidente por 48 horas y Duhalde por, 17 meses, tras la caída de De la Rúa. Mientras que Ramón Puerta, también renunció a su jubilación de privilegio.
La hija del ex presidente Guido
Amala Carmen Guido, hija de José María Guido, heredó la pensión después de la muerte de su madre. Guido fue presidente entre 1962 y 1963. No ganó ninguna elección pero asumió por Ley de Acefalía porque los militares sacaron a Arturo Frondizi.
En el expediente de la ANSES “se observa que obtuvo la pensión gracias a las gestiones de Menem cuando falleció la viuda del exmandatario” dice el informe.
A la viuda, hijas solteras, viudas o divorciadas por culpa del esposo, e hijos varones menores, se le concederá una pensión mensual cuyo monto será igual al 75% de la asignación establecida por el Artículo 1 de la referida ley 24018, siempre que optaren por esta pensión. Sin embargo, para Despouis ésta es una pensión “irregular”.
La hija del ex presidente Levingston
Betty Nelly Andrés, la viuda del expresidente de facto Roberto Levingston, también cobra una pensión y a criterio del informe también es un hecho “irregular”.
La ley 16.989 no dice nada del tipo de presidente es decir si es de facto o democrático y acá “se genera una laguna jurídica”, aunque el kirchnerismo le hizo sacar las jubilaciones a todos los presidentes de las dictaduras militares.
Alberto Fernández
La ANSES de Milei le dio su jubilación de privilegio y “un retroactivo de 32 millones de pesos que no debía cobrar” dice el informe y ahora está imputado en las causas por negociados con seguros del Estado y maltrato a la ex primera dama Fabiola Yañez.
Ocaña y otros legisladores denunciaron que fue un otorgamiento exprés. En cambio, de acuerdo al organismo “Fernández comenzó los trámites el 6 de diciembre de 2013, del pago está otorgado por la Ley 24.018. El procedimiento se resolvió en tres meses”.
Por otra parte, la diputada de Confianza Pública, Graciela Ocaña, advirtió que además de eventualmente ganar un juicio al Gobierno por esos “errores de procedimiento” la ex presidenta “podría llevarse un retroactivo de 300 millones de pesos que el Gobierno no consideró” en su estrategia, tras la confirmación de la condena a Cristina en la causa Vialidad a 6 años de prisión, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y una multa de unos 8 millones de dólares.
En la resolución de la ANSES “el gobierno habla que quitan este beneficio a Cristina a partir del mes próximo, pero no se habla de lo que ella cobró ni de esta doble asignación de jubilación y pensión de Néstor Kirchner en forma fraudulenta”.
Cuando Cristina hizo el reclamo en 2016 contra una decisión del gobierno del ex presidente Mauricio Macri y luego ganó el juicio para volver a cobrar las dos pensiones honoríficas “quedó un retroactivo que en 2021 eran 120 millones de pesos, hoy debe superar los 300 millones de pesos que Cristina podría cobrar cuando venza la emergencia sanitaria decretada por el ex presidente Alberto Fernández”.
El 26 de junio de 2020, Alberto dispuso por decreto “suspender mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 ampliada por el Decreto N° 260/20, el pago de los haberes retroactivos en el alta de las prestaciones otorgadas en los términos del artículo 1° de la Ley N° 24.018”.
Según lo firmado por Alberto no se pagarían gastos extraordinarios por la pandemia del Covid 19 “entre ellos los retroactivos de las jubilaciones de privilegio de Macri, Cristina y Gabriela Michetti, que todavía no habían cobrado los retroactivos de sus respectivas jubilaciones”.
Así, el primer titular de la ANSES de Milei, Osvaldo Giordano prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución de Alberto. Es decir que los ex presidentes no podían cobrar retroactivos de sus jubilaciones de privilegio.
De los Heros, “no haciendo caso a esa resolución que hoy está vigente le hizo pagar a Alberto el retroactivo de 32.207.388 millones que no debía cobrar”, dice el informe de Despoulis.
Pero ese no es el único “error de procedimientos” en estos casos políticamente tan sensibles. Cuando asumió Javier Milei, Ocaña pidió a la ANSES que se presente como en la Corte apoyando su queja para que en la causa de la jubilación de Cristina pueda ser querellante”. Pero la “ANSES nunca participó. Y todo sigue como hasta ahora”, recordó en declaraciones a Dato sobre Dato de radio Milenium.
En cuanto a los “errores de procedimiento” en la baja de las jubilaciones de Cristina y Boudou, Ocaña dijo que “no vaya a ser cosa que se hayan equivocado en el trámite a propósito para facilitarle las cosas a Cristina” en el juicio que abrirá.
A Cristina “le gusta la platita, si tuviera un poco de dignidad no hubiera hecho lo que hizo que en plena pandemia le pidió al procurador del Tesoro Carlos Zannini y a la titular de la ANASES Fernanda Raverta que apoyaran su reclamo.
Para Ocaña, la Oficina Anticorrupción que dirige Alejandro Melik también debería pedir ser querellante en la causa que ella abrió contra Zannini y Raverta por “la forma fraudulenta en que le devolvieron la pensión de Néstor”.
En forma paradójica, como legisladores del PJ en 2002, Miguel Angel Pichetto y Cristina habían apoyado la derogación de la ley de pensiones graciables para ex presidentes, tras la crisis económica y social que provocó la caída de De la Rúa y la salida de la Convertibilidad.
Pero este año, resaltó Ocaña, “Pichetto se opuso a la derogación de la misma ley que estaban en el artículo del proyecto original de la “ley Bases” y que habría evitado estos problemas para el futuro.