miércoles, 26 febrero, 2025
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Piden un per saltum para que la Corte decida sobre la constitucionalidad del decreto de Milei que metió a Ariel Lijo en el tribunal

La ong Red de Mujeres para La Justicia, que reúne a juezas de todo el país, pidió este miércoles un per saltum (salto de instancia) para que la Corte resuelva directamente su pedido de inconstitucionalidad del decreto del presidente Javier Milei que metió por decreto y en comisión a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema.

El pedido de per saltum es otra de las decenas de presentaciones contra el decreto 137 desde sectores judiciales y de la política. Además, de la cautelar de la ONG Asociación Civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Poder Ciudadano y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), entre otras, están preparando otro pedido de suspensión y anulación de estas designaciones.

El presidente de Poder Ciudadano, Martín D’Alessandro, confirmó a Clarín que trabajan en la presentación con ejes argumentales cómo que el decreto es inconstitucional «porque no hay emergencia judicial alguna y se pasó de un procedimiento de nombramiento en el Senado o uno excepcional«. Para Poder Ciudadano, el nombramiento de jueces a través del Senado «es ineludible» y evitarlo pone en riesgo el sistema republicano.

Entre otros antecedentes, citarán el amparo que aceptó la justicia en el 2016 cuando el entonces presidente Mauricio Macri designó por decretó a Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, aunque después se anularon y fueron nombrados con la aprobación del Senado, como establece la Constitución Nacional, adelantó D’Alessandro.

A través del apoderado de esa asociación de mujeres juezas, Francisco Verbic, en el expediente “Recurso Salto Instancia Nº 2 – “RED MUJERES PARA LA JUSTICIA Y OTROS c/ HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN Y OTRO s/ AMPARO LEY 16.986” (CAF 010637/2024/2), de trámite ante esta Corte Suprema de Justicia de la Nación. La red la preside la jueza María Eugenia Chapero.

A diferencia del CEPIS que pidió una cautelar en primera instancia, esta asociación solicitó la avocación directa de la Corte en una causa ya abierta y complica más la designación de los candidatos de Milei, explicaron a Clarín fuentes judiciales.

La Red venía objetando que no se incluyera una mujer en reemplazo de Elena de Highton, pero ahora atacó directamente el contenido del decreto del presidente Javier Milei.

En su nueva presentación, a la que accedió Clarín, la asociación señaló que “venimos por el presente a denunciar como hecho nuevo, de absoluta gravedad institucional, el dictado del Decreto 137/2025 (firmado el 25/02/2025 y publicado en el B.O. del 26/02/2025), mediante el cual se designaron “en comisión” como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN o “la Corte”) a los Dres. Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo”.

En función de este hecho nuevo, solicitó “se disponga el urgente despacho del recurso extraordinario por salto de instancia interpuesto el 26/08/2024, pendiente de resolución desde hace exactamente seis meses, así como de las presentaciones de amigas del tribunal (amicus curiae) realizadas por numerosas instituciones y colectivos de personas en el marco de lo dispuesto por el art. 9 de la Acordada 7/2013”.

Además, se declare “la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del Decreto 137/2025 por ser contrario a diversos principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico y por resultar violatorio de convenciones internacionales, el derecho de igualdad, el derecho a la no discriminación y el principio de progresividad”.

También que “se dicte una medida cautelar urgente que suspenda los efectos de dicho acto administrativo, impidiendo la toma de juramento y posesión efectiva de los cargos por parte de los designados hasta que se resuelva la cuestión de fondo, atento al gravísimo e irreparable perjuicio institucional que ello produciría”.

Hasta la publicación del Decreto 137/2025, la ONG dijo que «podíamos conceder razonablemente que la prudencial autorrestricción de esta Corte frente al asunto respondía a razones de deferencia epistémica hacia los poderes políticos mayoritarios, particularmente hacia el Senado de la Nación en su ejercicio de la facultad constitucional de prestar acuerdo a los candidatos propuestos».

En este sentido, el tribunal «podría haber estimado institucionalmente pertinente permitir que el procedimiento constitucional ordinario de designación agotara su curso regular, bajo la presunción de que dicho órgano legislativo actuaría en el marco de sus obligaciones convencionales y constitucionales sobre igualdad sustantiva y no discriminación», recordó.

Sin embargo, «el dictado del Decreto que denunciamos como hecho nuevo ha modificado sustancial e irreversiblemente el escenario institucional«, destacó.

«La tentativa de eludir tanto el control político del Senado como el control judicial en curso en estas actuaciones mediante un acto administrativo manifiestamente inconstitucional, genera un punto de inflexión que inhabilita cualquier posible posición de deferencia institucional», advirtió la ONG de juezas mujeres.

El primero pedido de esta ONG fue, el año pasado, rechazado en la primera instancia del fuero Contencioso administrativa y luego se hizo la presentación ante la Corte. Ante el máximo tribunal se presentaron más de 15 pedidos de amicus curiae a favor de la red y su reclamo. Por ejemplo, de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

Hace 6 meses que esta el per saltum y las presentaciones de amicus y la Corte no provee a pesar que hicimos distintas presentaciones pidiendo pronto despacho, y alertando la urgencia y gravedad. Hoy se hizo la presentación porque el decreto de Milei es un hecho nueva en la causa.

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