domingo, 24 agosto, 2025
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Industriales impulsan cambios para flexibilizar la reasignación de tareas

La discusión sobre la reforma laboral sigue ganando espacio en la agenda empresaria, a partir de la propuesta elaborada por el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica, dependiente de la Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba, que incluye un documento en el que propone modificar el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que regula las facultades del empleador para introducir cambios en la prestación del trabajo.

El estudio sostiene que las empresas industriales enfrentan escenarios de cambio tecnológico cada vez más dinámicos, lo que exige grados de libertad suficientes para reorganizar recursos humanos. “La innovación obliga a modificar tareas, reasignar funciones, adaptar horarios o incluso trasladar plantas productivas. Sin embargo, la normativa vigente dificulta esos procesos”, advierte el texto.

En ese sentido, Soledad Cafure, gerente de SIEC SRL y miembro de la Comisión Directiva de la Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba, sostiene que “desde hace mucho tiempo, las empresas operamos en un contexto que requiere mucha innovación. Debemos innovar por demanda de nuestros clientes, para ser competitivos y para no caer en obsolescencia tecnológica. No podemos, entonces, tener normativa que implique excesiva rigidez para la empresa”.

La empresaria añadió que “el artículo 66 de la LCT, tal como está redactado actualmente, impone demasiada rigidez para introducir innovaciones que requieren, naturalmente, cambiar condiciones y modalidades laborales. Puede haber servido originalmente, cuando la ley fue sancionada, pero ha ido quedando cada vez más rígido en el contexto de cambio tecnológico acelerado”. Y añadió: “Es necesaria una modificación de ese artículo que, dentro de un marco de respeto y cuidado de los derechos de los trabajadores, permita la flexibilidad necesaria para el desafío de innovación permanente en nuestras empresas”.

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Actualmente, la LCT habilita al empleador a realizar cambios en la organización del trabajo, pero impone restricciones cuando estos pueden alterar “modalidades esenciales” del contrato o causar “perjuicio material o moral”. Para los empresarios, estos términos son “ambiguos” y abren la puerta a que cualquier modificación derive en un despido indirecto o en una acción judicial para revertir la medida.

En este sentido, el documento califica la normativa como una “limitación excesiva” que atenta contra la posibilidad de alcanzar mayores niveles de productividad. Según el análisis, esta rigidez legal impacta en la competitividad de la economía argentina, especialmente en un escenario donde el gobierno busca sostener la estabilidad macroeconómica sin recurrir a devaluaciones.

Cafure precisa que “la modificación que estamos proponiendo no pretende, de ninguna manera, lesionar derechos de trabajadores, sino permitir la adaptación del ámbito laboral a los nuevos contextos que van presentándose a las empresas, como nuevas herramientas, nuevas tecnologías o necesidad de nuevos horarios dentro de un marco preestablecido”. “Los cambios que proponemos implican ‘aggiornar’ aspectos que, en el pasado, podrían haber sido considerados un agravio para el trabajador pero que, en el contexto actual y especialmente mirando al futuro, ya no lo son”, añadió.

Facultades del empleador

La propuesta de reforma apunta a enumerar con claridad las facultades del empleador. Entre ellas: introducir nuevas maquinarias o tecnologías (con capacitación garantizada para los trabajadores), reasignar tareas dentro de la misma categoría profesional, cambiar horarios o turnos en el marco de políticas de rotación, y trasladar personal entre establecimientos productivos siempre que no implique mudanza de localidad, con la debida compensación de costos de traslado.

“Se trata de una propuesta cuidadosa que viene de entender que las empresas, grandes o pequeñas, están en un contexto más dinámico que cuando se sancionó la Ley y que es necesario modernizarla sin lesionar derechos de los trabajadores, pero aportando claridad al tipo de cambios que hoy debería ser práctica común en las empresas. Permitiendo más polivalencia, facilitando la incorporación de tecnología, el texto que proponemos es muy atinado y cuidadoso”, asegura Cafure.

El planteo también elimina la posibilidad de que el trabajador exija el “restablecimiento de condiciones alteradas”. En cambio, sólo habilita la opción de considerarse despedido sin causa cuando existan perjuicios materiales o morales objetivos y verificables.

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“Adicionalmente, al plantear que el perjuicio material o moral ocasionado por cambios distintos de los explicitados debe ser objetivo y verificable a los fines de justificar un despido, se proporciona un marco mucho más concreto que el artículo actual”, sostiene Cafure.

Para los industriales cordobeses se trata de un paso necesario para acompañar el proceso de transformación tecnológico y asegurar que la organización de la producción responda a criterios de eficiencia y competitividad. “El desafío de la productividad no es sólo empresario, sino nacional: de ello dependen los niveles de ingresos de la economía y la sustentabilidad de la política económica”, concluye el informe.

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