“La corrupción nos deja con caminos deplorables, con caminos de tierra, sin rutas viales, o simplemente sin camino alguno”, se escribió en la resolución de la Cámara de Casación con la que se confirmó la condena por corrupción -en el caso Vialidad- contra Cristina Kirchner. La referencia fue directa respecto a la cantidad de rutas por las que Lázaro Báez recibió importantes sumas de dinero del Estado, a través de circuitos irregulares y exclusivos, pero que quedaron sin terminar.
La semana pasada, por unanimidad los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, confirmaron las condenas de Cristina Fernández de Kirchner, José Francisco López, Lázaro Antonio Báez, Nelson Guillermo Periotti, Juan Carlos Villafañe, Raúl Gilberto Pavesi, José Raúl Santibañez, Raúl Osvaldo Daruich y Mauricio Collareda por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
El dinero que se habría sustraído de las arcas públicas como resultado de la maniobra fraudulenta asciende a $ 84.835.227.378,04. Todo ocurrió durante las tres gestiones kirchneristas. Esa cifra es la que se fijó como perjuicio y decomiso.
Al momento de confirmar la acusación por administración fraudulenta la Sala IV expresó, en la extensa resolución, que se dio por comprobado un “aceitado engranaje para aparentar el cumplimiento de la ley y presentar como válidos procesos licitatorios de obra pública vial manifiestamente irregulares durante el período comprendido entre los años 2003 y 2015 en la provincia de Santa Cruz”.
Contratos irregulares y obras abandonadas
Diferentes decretos firmados como cambios normativos respecto a la modalidad de pago que garantizó que Lázaro Báez adquiera 51 contratos viales exponen -según el camarista Mariano Borinsky- “el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Kirchner en el hecho juzgado”. Para los camaristas, las pruebas “permiten acreditar la responsabilidad penal”, de la ex vice presidenta.
Entre las irregularidades detectadas y atribuidas a los funcionarios de la órbita nacional como provincial, vinculados a la obra pública vial, se señaló que los mismos «omitieron deliberadamente velar por los principios básicos de transparencia y competencia propios de los procesos licitatorios».
El grupo Báez -gracias a la intervención de diversos funcionarios, en distintas esferas- logró ser adjudicatario de la “mayoría de las obras viales licitadas en Santa Cruz en el segmento temporal aludido (incluso cuando no cumplían con las condiciones necesarias para serlo)». El número final es el 86% de los contratos ofertados en suelo patagónico.
El resultado fue: rutas que no conducían a ningún lado, obras abandonadas, avances de obra volcados en la documentación que no se correspondían con la realidad, rutas que Báez tuvo por más de diez años con escasos promedios de avance.
El listado de las irregulares es aún más amplio: los condenados «omitieron controlar suficientemente lo actuado por las contratistas como así también supervisar mínimamente la marcha de la construcción de las obras; y, además, han tratado en forma preferencial a las sociedades del grupo proveyéndolas de canales exclusivos y privilegiados de adelantos financieros permanentes y de pagos anticipados de certificados de obra».
Esos hechos expusieron, indicaron los jueces, «la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes al mencionado grupo empresarial».
Sin ese vínculo con historia y conocimiento, no se habría concretado -señala la resolución-, “una defraudación en la que predominó una ficta legalidad para instrumentar procesos y decisiones administrativas que buscaron asegurar y disimular un beneficio ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas en este proceso (Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez)».
Una vez más, se escribió que esos lazos promiscuos entre la ex presidenta y Báez tuvieron como fin «procurar un lucro indebido, perjudicaron los intereses confiados y obligaron abusivamente al Estado Nacional».
«La corrupción mata»
Al profundizar en la maniobra defraudatoria que también se funda en los fondos volcados a favor del grupo Austral pese a que el 50% de los contratos no se cumplieron en los plazos estipulados y la mayoría de las rutas terminaron abandonadas, el camarista Gustavo Hornos retomó un concepto volcado en la sentencia condenatoria de la Tragedia de Once: “en aquella ocasión recordé que “la corrupción mata”. Ésta afirmación mantiene plena vigencia y, en esta nueva oportunidad, habré de dedicarle unas líneas”, dijo.
Haciendo foco en la corrupción y sus consecuencias, el juez fue más allá y dijo que es un delito “intangible pero que lo sentimos y palpamos día tras día. La corrupción está presente en esa calle de barro que pisa cada ciudadano al salir de sus casas cuando llueve y que, a pesar de los años y el paso de los gobiernos, sigue sin asfaltar. La corrupción condena a las sociedades a vivir una vida sin un desarrollo sostenido en infraestructura como así también en cuestiones sociales y económicas”.
Párrafo siguiente, el camarista añadió: “La corrupción aparece en las escuelas y en los hospitales, donde nuevas generaciones y enfermos son asistidos bajo infraestructuras vetustas y sin el acondicionamiento correspondiente. La corrupción nos deja con caminos deplorables, con caminos de tierra, sin rutas viales, o simplemente sin camino alguno”.
Cuando se hizo foco particularmente en las obras adjudicadas, de forma irregular, Hornos indicó que se está ante una “tragedia de la que no dimensionamos su real magnitud”. A la hora de fundamentar ese concepto, dijo que “nunca sabremos cuántas personas habrán muerto por todas aquellas rutas y caminos que jamás se arreglaron ni se hicieron pero, algo que nos deja la presente investigación, es que el dinero correspondiente para arreglarlas o construirlas sí existió, pero no fue utilizado para sus fines específicos”.
Parte de la defraudación atribuida a la ex presidenta, también tiene en cuenta la elaboración de una plan vial de carácter ficticio, expresaron los jueces en el fallo, porque el fin era beneficiar a Lázaro Báez a su vez, socio comercial de Cristina Kirchner. Esos acuerdos del ámbito privado se sellaron con fondos provenientes de los contratos viales direccionados, abonados con sobrecostos y sin los controles requeridos. El Grupo Austral jamás fue sancionado por los retrasos en los planes de obra, ni mucho menos por las rutas que no se terminaron. Hubo licitaciones, como las que debían realizarse sobre la Ruta 3 entre Caleta Olivia (Santa Cruz) y Rada Tilly (Chubut) que pese a llevar 17 años licitada, jamás se concluyó.
Con la pretensión de ahondar en las consecuencias de algo que no fue sólo un acto administrativo y fondos públicos aplicados a obras que no se terminaron, Hornos expresó: “La corrupción es una tragedia que favorece a unos pocos y deja por detrás terreno desolado para muchos”.
En esta causa, expresó en su voto, “se comprobó que usaron ese cargo (en la función pública) como medio para obtener beneficios económicos propios, sin importar sus conciudadanos (…) la mala asignación y la apropiación de fondos públicos impacta en una gran cantidad y variedad de ámbitos. Deja al pueblo de la Nación sin caminos ni medios de transporte seguros, sin escuelas, sin hospitales, y, por ende, sin cubrir las más básicas y elementales necesidades de la ciudadanía”.
Finalmente, el camarista consideró que las arcas públicas no son ilimitadas, sus fondos no son infinitos. “Todo lo que no se asigne a su lugar correspondiente, importa un grave perjuicio a lo público y representa, en definitiva, la pérdida para la ciudadanía de los derechos que les corresponden constitucionalmente. En consecuencia, lo que se desprende de todo lo analizado es, cabe enfatizar y reiterar, que la corrupción degrada día tras día la vida de todos los ciudadanos de nuestro país”.
En el fallo que será apelado en los próximos días y quedará radicado en la Corte Suprema para su análisis final, el juez Diego Barroetaveña escribió: «resulta penoso confirmar una condena por haberse probado de manera tan contundente un hecho defraudatorio de las dimensiones del que fue objeto este proceso cuando los responsables penales resultan ser funcionarios de tan alta jerarquía hasta quien fue la autoridad máxima del poder ejecutivo».