miércoles, 20 noviembre, 2024
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Eliminaron el impuesto de 1,5% para la venta de propiedades y Luis Caputo lo celebró en redes: Era nefasto

Se trata del ITI, que hasta ahora debía pagar el vendedor de un inmueble adquirido antes de diciembre de 2017. Resultó derogado a partir de la promulgación de la Ley Bases.

Venta de departamentos. Mercado inmobiliario. Inmuebles. (Foto: Juan Vargas/NA).

Eliminaron el impuesto de 1,5% para la venta de propiedades (Foto: Juan Vargas/NA).

Con la promulgación de la Ley Bases, este lunes quedó eliminado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), que gravaba con el 1,5% la venta de propiedades adquiridas antes de diciembre de 2017 y que no eran viviendas únicas ni permanentes.

Minutos después de ser publicada la noticia en el Boletín Oficial, el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, publicó un mensaje al respecto en su cuenta de la red social X, antes conocida como Twitter: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde el 1991″.

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Un comunicado del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires indicó que “la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata”.

“Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas”.

Además, el comunicado aclara que “no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso”.

Luis Toto Caputo, sobre la eliminación del ITI.

Luis Toto Caputo, sobre la eliminación del ITI.

“La derogación del ITI es total y, por ende, también desaparece la consulta de residentes del exterior ya que las normas en vigor no la contemplan. Esta norma simplifica el sistema tributario para las transmisiones onerosas de inmuebles, de las que sólo quedan vigentes tres encuadres posibles”.

El impuesto ITI regía desde 1991 bajo la ley 23.905. Quien hasta hoy vendía una propiedad, por ejemplo, por US$100.000 comprada antes del inicio de 2018 y en la que no vivía, debía pagar US$1500 (al valor del dólar oficial) en concepto de ITI. Ese gravamen quedó derogado.

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Sin embargo, los inmuebles que fueron vendidos después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular, que equivale al 15% de Ganancias sobre el resultado de la operación. Grava la diferencia entre la compra y la venta, menos el costo actualizado por Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los gastos.

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El paquete fiscal promulgado por el Ejecutivo además incluye la declaración de emergencia pública administrativa, económica, financiera y energética durante un año y la privatización de algunas empresas.

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