martes, 19 noviembre, 2024
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Es oficial: jubilados y pensionados cobrarán en agosto un bono extraordinario de $70 mil

El decreto fue publicado en el Boletín Oficial. Con la nueva fórmula previsional en el octavo mes del año los haberes subirán 4,6%, de acuerdo al último dato disponible de inflación del Indec.

El Gobierno oficializó el pago del bono para jubilados y pensionados en agosto (Foto: NA / Damián Dopacio)

El Gobierno oficializó el pago del bono para jubilados y pensionados en agosto (Foto: NA / Damián Dopacio)

El Gobierno nacional oficializó el pago de un bono extraordinario de 70 mil pesos para jubilados y pensionados, según se publicó este jueves en el Boletín Oficial. El beneficio es para quienes forman parte del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y se cobra con los haberes de julio, que se pagan en agosto.

El decreto destaca que el pago del bono es “a modo de compensación por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mensual de agosto 2024″.

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Cómo se pagará el bono

Según el decreto 667, el pago del bono tendrá las siguientes características:

  • Lo cobrarán los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
  • Lo recibirán los titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado.
  • Para titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono extraordinario previsional será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de ese haber mínimo más el monto máximo del bono, esto es $295.497,54.

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Quiénes cobrarán el bono

El decreto presidencial estableció que serán beneficiarios del bono:

  • Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, otorgadas en virtud de la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
  • Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias;
  • Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses.

Cómo es la nueva fórmula jubilatoria

Desde el 1° de julio rige la nueva fórmula de movilidad, establecida por el DNU 274. Por lo que las jubilaciones y pensiones, AUH, AUE y la Asignación Familiar por Hijo (ex SUAF) aumentan de acuerdo con el último dato disponible del IPC del Indec. Así, los beneficiarios cobrarán los haberes de julio con un aumento del 4,2%, correspondiente a la variación mensual de mayo.

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De esta manera, el haber mínimo será en agosto de $225.497,54, sin considerar el bono extra. Si se suma el refuerzo, quedará en $295.497,54.

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